Con la sentencia de la Sala de lo Constitucional en la que dirimió el conflicto por inconstitucionalidad y avaló el decreto 661 emitido por la Asamblea Legislativa que trata de la Ley especial de emergencia por COVID-19, atención integral de la salud y reapertura de la economía, los magistrados recomendaron, nuevamente, que los Órganos Legislativo y Ejecutivo busquen consensos para atender la pandemia.
Esto debido a que, a pesar que el decreto sí está conforme a la Constitución de la República y no se sustenta el veto presidencial, el Máximo Tribunal advierte que hay elementos que están desfasados, como las fases de reactivación de la economía, por lo que recomendó efectuar las reformas pertinentes lo más pronto posible.
Por lo que estas modificaciones para atender problemas sociales, sanitarios, políticos, laborales, económicos y sociales suscitados por la pandemia, deben ser gestionadas de manera técnica por ambos Órganos y efectuar el artículo 84 de la Carta Magna, del principio de colaboración.
«Siendo que se ha establecido la constitucionalidad de la regulación de las fases de una reapertura económica por medio de una ley, el Órgano Legislativo debe adecuar los artículos que la hagan viable, tomando en cuenta el actual contexto de la pandemia y valorando los insumos que le pueda proporcionar el Ministerio de Salud u otros sectores relacionados a la temática de la salud», indicaron los magistrados en la sentencia.
Asimismo, se deberán observar y cambiar las disposiciones que fueron aprobadas en contextos diferentes, como el caso de habilitar las fronteras terrestres, marítimas y aéreas para la repatriación de salvadoreños varados y cuarentenas a su ingreso, que lo supeditaba a un plan de retorno que debía presentarse por el Gobierno, mismo que mediante informes presidenciales a la Sala indican que está siendo ejecutado actualmente.
Además, los integrantes de la instancia constitucional reiteraron la urgencia en que estos aspectos sean revisados y modificados para que la población cuente con instrumentos jurídicos idóneos y necesarios para el combate de dicha pandemia.
Por lo que también solicitaron al Presidente Nayib Bukele que el decreto sea sancionado con prontitud, de no hacerlo en 8 días, este se asumirá como ley y si pasan 15 días, será el Presidente de la Asamblea Legislativa, quien lo sancionará y lo mandará a publicar en el Diario Oficial.
«Es necesario que el Presidente de la República haga un uso responsable de sus atribuciones en el proceso de formación de ley: no produzca vetos por aspectos ya resueltos por esta Sala, ni utilice tiempos de sanción y publicación discordes con la urgencia de la entrada en vigencia de una normativa que pretenda hacer frente a la pandemia tantas veces citada», añadieron.