Muere el militar Francisco Helena Fuentes

Imagen de referencia.
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Por: Redacción YSKL

El coronel retirado Francisco Helena Fuentes falleció la madrugada de este lunes, informaron fuentes cercanas a la familia.

El militar estaba siendo tratado en una Unidad de Cuidados Intensivos en el Hospital Militar de San Salvador, por un derrame cerebral que sufrió en octubre del año pasado.

Helena Fuentes formó parte de La Tandona, una promoción numerosa de oficiales que se graduó en la década de los sesentas y que en el transcurso de los ochentas, dirigían el Alto Mando del Ejército, incluso varias instituciones castrenses y seguridad pública.   

En 1986 fungió como jefe de Operaciones Psicológicas del Ejército, y durante la ofensiva de la exguerrilla en 1989 era jefe de la I Brigada de Infantería, conocido como Cuartel San Carlos, recogió el Diario de Hoy.

Informes estadounidenses y la misma Comisión de la Verdad (que recogió casos de crímenes de lesa humanidad), lo mencionó como uno de los militares que diseñaron la operación para asesinar a seis sacerdotes jesuitas y dos colaboradoras al interior de la Universidad Centroamericana (UCA).

La semana pasada, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) invalidó la resolución de la Sala de lo Penal que cerró el caso de la Masacre de Jesuitas, tras admitir un recurso de amparo de la Fiscalía General de la República (FGR).

El Fiscal General, Rodolfo Delgado, interpuso un recurso de amparo contra la resolución de la Sala de lo Penal que cerró la causa en octubre de 2020, cuando esta dictó sobreseimiento definitivo a favor de exmilitares, Juan Orlando Zepeda y Francisco Herrera Fuentes, acusados de ser autores intelectuales del asesinato de los seis sacerdotes y sus colaboradoras.

El pasado 24 de noviembre fue admitido dicho recurso por el Máximo Tribunal, por lo que comenzaría a analizarse, momento en el que los magistrados señalaron que «la Sala lesionó los derechos a la seguridad jurídica, a conocer la verdad y a la protección jurisdiccional, a un proceso constitucionalmente configurado y a una resolución de fondo motivada y congruente por declarar nulidad absoluta del proceso penal por la prescripción de la acción penal, a pesar de tratarse de crímenes de lesa humanidad, que según la jurisprudencia constitucional son imprescriptibles».

«Invalídase la resolución del 8 de septiembre de 2020 emitida por la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia en el recurso de casación con ref. 3CAS2019, mediante la cual, de forma simultánea, se admitieron indebidamente y se resolvieron inconstitucionalmente los recursos de casación interpuestos, así como todos los actos que se efectuaron con posterioridad a esa actuación, por lo que las cosas vuelven al estado en que se encontraban antes de la emisión de dicha providencia», resolvió la Sala de lo Constitucional en el documento revelado este miércoles.

El Proceso Penal – su origen y su cierre

En el año 2,000, luego de la Ley de Amnistía declarada en 1993, se presentó una denuncia penal ante la Fiscalía General de la República (FGR) del sacerdote Jesuita José María Tojeira contra los autores mediatos o intelectuales de la masacre; entre estos, el expresidente Alfredo Cristiani y militares que se desempeñaron como funcionarios en cargos de ministros, viceministros.

De acuerdo con la FGR, el hecho no se podía investigar por la Ley de Aministía; Tojeira interpuso un recurso de revocatoria a esta decisión, también se interpusieron demandas de inconstitucionalidad a referida ley; la Sala de lo Constitucional se pronunció e indicó que no había infracciones a la Constitución, pero los jueces debían considerar cada caso concreto en caso hubiere una excepción. Por lo tanto, la Fiscalía presentó el caso el 23 de octubre de 2,000 ante el Juzgado Cuarto de lo Penal, ahora Juzgado Cuarto de Instrucción; no obstante, el juez declaró sin lugar la investigación solicitada.

El caso fue cerrado.

Reapertura en 2018

En 2016 se declara inconstitucional la Ley de Amnistía y se retoman casos, como el de la Masacre de los Jesuitas y sus autores intelectuales.

En 2018, el Juzgado Tercero de Paz de San Salvador declaró sin lugar el sobreseimiento definitivo que se dictó en el año 2,000 a favor de referidos imputados.

Interponen recursos contra esta decisión ante la Cámara Tercera de lo Penal, misma que ratifica la reapertura del caso.

No obstante, interponen recurso de casación ante la Sala de lo Penal ese mismo año.

Este mes de octubre el máximo tribunal en materia penal confirmó el sobreseimiento definitivo de los exmilitares y expresidente, a quienes se acusaba de ser autores intelectuales del asesinato de los seis sacerdotes y sus colaboradoras; por lo que no habría opción a la reapertura del caso.

Los acusados

Los militares René Emilio Ponce (falleció en 2011), era Jefe del Estado Mayor Conjunto de la Fuerza Armada; Juan Rafael Bustillo, era comandante de la Fuerza Aérea; Inocente Orlando Montano, exviceministro de Seguridad; Juan Orlando Zepeda Herrera, miembro de “La Tandona» y exviceministro de Defensa; Francisco Elena Fuentes, comandante de la Primera Brigada de Infantería en San Salvador; Rafael Humberto Larios López, General y era Ministro de Defensa; así como el expresidente de la República, Alfredo Félix Cristiani Burkard.

Se les atribuía el delito de asesinato, Art. 154 del Código Penal derogado (1973) en perjuicio de las víctimas Ignacio Ellacuría de Beascoechea, Ignacio Martí Baró, Segundo Montes Mozo, Juan Ramón Moreno Pardo, José Joaquín López López, Armando López Quintana, Julia Elba Ramos y Celina M.